Presupuestos 2017 y modificación de las ordenanzas fiscales

02/02/2017

En el pleno celebrado el 1 de febrero, se aprobarón el presupuesto municipal del 2017, la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo. El presupuesto asciende a 9.255.991,30 €.

Las inversiones rondan los 200.000 € y en el ámbito de bienestar social se prevee efectuar las mínimas modificaciones posibles.

No obstante, este año se prevee sacar a licitación el servicio de educadores de calle y el cumplimiento del decreto de cartera.

Por otro lado, en la misma sesión plenaria se aprobó la modificación de las ordenanzas fiscales. Por un lado, se adecuó el contenido en euskera de diversas exenciones de las ordenanzas  fiscales nº 5 y 6, quedando redactados de la siguiente forma:

Nº 5 Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones instalaciones y obras:

d) 90 % para las obras de reforma a realizar en edificios que se encuentren dentro del Área de Rehabilitación Integrada y ajustadas al Plan Especial del Rehabilitación del Casco Histórico independientemente de que se acojan o no a los beneficios del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.

Nº 6 Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas:

2.2.- Gozarán de una bonificación del 90%, las cuotas liquidables por la presente Tasa, en obras a realizar en edificios integrados en el Area de Rehabilitación Integrada y ajustadas al Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico, independientemente de que se acojan o no a los beneficios del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación de patrimonio urbanizado y edificado.

2.3.- Gozarán de una bonificación del 50% las cuotas liquidables por la presente Tasa en obras a realizar en edificios integrados en Rehabilitación Aislada, entendida ésta en los términos del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, independientemente de que se acojan o no a los beneficios de dicho Decreto.

Por último, el apartado 4.5 de exenciones y bonificaciones de la ordenanza fiscal nº 6 queda de la siguiente manera:

4.5.-  Se aplicará una exención del 90% al Centro de Iniciativas Empresariales de Debagoieneko Mankomunitatea.

Y el contenido en euskera de la tarifa por la prestación de servicios de expedición de licencias de apertura de establecimientos queda de la siguiente forma:

1.- Jarduera komertziala............................ 437,95 €

2.- Zerbitzu jarduera ................................. 657,45 €

3.- Hostalaritza jarduera............................ 1.094,10 €

4.- Industria jarduera < 250 m2 .................. 657,45 €

5.- Industria jarduera > 250 m2 ..................987,40 €

6.- Finantz erakundeak ............................. 1.413,85 €