El Ayuntamiento apoyará la emancipación juvenil con un programa de ayudas para el alquiler de viviendas

06/04/2022
Las subvenciones se asignarán en función de los ingresos y oscilarán entre 100 y 250 euros mensuales. Las ayudas están dirigidas a jóvenes de entre 18 y 35 años, y podrán solicitarse de forma individual o por unidad convivencial. .El precio del alquiler de la vivienda no podrá superar los 650 euros al mes.

El Ayuntamiento de Aretxabaleta va a poner en marcha un programa de subvenciones dirigido a ayudar a las y los jóvenes a arrendar una vivienda y posibilitar así su emancipación. La convocatoria también tiene como objetivo que los pisos de titularidad privada que se encuentren deshabitados se incorporen al mercado del alquiler.

El edil Xabi Otxoa, la concejala de Juventud, Ainhoa Cabero, y la técnico de este departamento, Maider Etxaniz, han presentado esta nueva línea de ayudas en la que ha venido trabajando el Consistorio en los últimos meses. Según ha explicado Otxoa,  se trata de una apuesta municipal por “impulsar políticas dirigidas a las y los jóvenes”. “Que puedan acceder a una vivienda es un paso necesario para desarrollar su proyecto de vida. La edad media de emancipación se sitúa en los 30 años, y estas ayudas económicas están pensadas como una opción para que las personas jóvenes den el paso para independizarse”, ha destacado el edil aretxabaletarra.

Los presupuestos de 2022 destinan a este programa una partida de 30.000 euros. “Tenemos que ver ahora la respuesta que recibe la convocatoria, y en base a ella se irá ajustando el presupuesto de cara los próximos años”, ha matizado Otxoa.

Las bases que regularán estas subvenciones están aprobadas y el plazo para presentar las solicitudes se abrirá en breve, una vez publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Permanecerá abierto hasta el 30 de octubre.

Las ayudas oscilarán entre 100 y 250 euros mensuales, y se calcularán en función de los ingresos. El precio del alquiler de la vivienda, por su parte, no podrá superar los 650 euros, incluidos los anexos.

Para optar a estas subvenciones hay que cumplir una serie de requisitos:

  1. La vivienda alquilada deberá ser la residencia habitual de las personas solicitantes y el contrato deberá tener al menos una duración de doce meses.
  2. Estas ayudas pueden solicitarse de forma individual o como unidad de convivencia.
  3. Edad: Entre 18 y 35 años, salvo los menores dependientes que cohabiten con la unidad convivencial.
  4. Empadronamiento: los dos últimos años de forma ininterrumpida, o haber estado empadronado en Aretxabaleta durante 10 años.
  5. Ni la persona solicitante ni ninguno de los miembros de la unidad de convivencia  podrán tener vivienda de su propiedad.
  6. Todas las personas que residan en el piso de alquiler deberán empadronarse en él. Este dato se verificará antes de percibir la subvención.
  7. Los ingresos podrán ser como máximo:
    1. 28.000 euros brutos al año, si es una solicitud individual.
    2. 44.000 euros brutos al año, si la solicitud es de una unidad de convivencia.
  8. Las personas beneficiarias no podrán disponer de ingresos inferiores a 18.000 euros brutos anuales, ni superiores a 28.000 euros brutos anuales cuando se trate de una solicitud individual.
  9. Respecto a la composición de los ingresos, no podrá ser superior a 600 euros anuales la cuantía de los rendimientos brutos procedentes de rentas de capital del último ejercicio fiscal vencido.
  10. No podrá haber vínculo familiar entre las personas beneficiarias de la subvención y la parte arrendataria, hasta segundo grado de consanguinidad o parentesco.
  11. El contrato vigente de arrendamiento de la vivienda no podrá tener una duración inferior a 12 meses.
  12. Ninguna persona beneficiaria será al mismo tiempo receptora de otra ayuda en concepto de alquiler, durante todo el periodo subvencionable.
  13. Quedan excluidas del ámbito de estas subvenciones las viviendas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
    1. Viviendas de protección pública.
    2. Viviendas alquiladas dentro del programa Bizigune.
    3. Alquileres de habitaciones.
    4. Locales utilizados como vivienda.
    5. Viviendas de alquiler que superen el importe de 650 euros al mes.
    6. Contratos de alquiler de duración inferior a un año.
    7. Contratos de alquiler con opción de compra.
  14. Cómo solicitar la subvención:
    1. La subvención se deberá solicitar por vía telemática. Para ello, es imprescindible tener la tarjeta Izenpe o bien los códigos Bakq. Éstos últimos se pueden solicitar en el propio ayuntamiento.
    2. La solicitud se podrá realizar mediante la página web: www.aretxabaleta.eus trámites, subvenciones.
  15. Importe de las subvenciones:

                      Ingresos brutos                       % del alquiler              Subvención máxima

Individual                    25.000,01-28.000       20%                                        100 €

                                        22.000,01-25.000       30%                                        150 €

                                        20.000,01-22.000       40%                                        200 €

                                       Ingresos <20.000        50%                                        250 €

Unidad convivencial 39.000,01-44.000       20%                                        100 €

                                        34.000,01-39.000       30%                                        150 €

                                        29.000,01-34.000       40%                                        200 €

                                        Ingresos <29.000        50%                                        250 €

 La subvención será para un periodo máximo de doce meses. Si el próximo año se realiza una nueva convocatoria, deberá realizarse una nueva solicitud.