Ayudas dirigidas a apoyar las inversiones realizadas en los establecimientos comerciales y hosteleros para la implantación de medidas especiales de higiene y prevención frente al Covid-19

15/04/2021
Se pone en marcha una segunda convocatoria para financiar las compras o inversiones de material realizadas entre el 14 de marzo de 2020 y el 15 de mayo de 2021. La subvención podrá cubrir hasta el 60% de los gastos realizados, con un máximo de 300 euros por negocio.

Los comercios, bares y restaurantes que se hayan adaptado para cumplir las medidas de prevención e higiene frente al coronavirus podrán optar a una ayuda de hasta el 60% de la inversión realizada, con un máximo de 300 euros por empresa. Esta línea de subvenciones corre a cargo de la Diputación Foral de Gipuzkoa, aunque corresponde al Ayuntamiento gestionar su reparto. De los 25.689 euros asignados por el ente foral al Consistorio quedan sin repartir 19.666 euros (el montante restante tras las solicitudes presentadas en la primera convocatoria).

Se subvencionarán las siguientes inversiones: adaptación de los locales y formas de trabajo; equipamientos para la adecuación de los locales bajo criterios y protocolos de seguridad y sanitarios; inversiones para adaptar las formas de trabajo de cara a las nuevas relaciones con la clientela y las entidades proveedoras (mamparas de protección, terminales de dispensadores de geles…), y otras actuaciones relacionadas con medidas especiales de higiene y protección. 

Por contra, no recibirán esta ayuda económica: los gastos relacionados con la adquisición de mascarillas, guantes, geles, batas o similares, además de los relativos a productos higiénicos o de protección destinados a la venta del propio establecimiento.

Presentación de solicitudes

El plazo para concurrir a esta convocatoria está abierto hasta el próximo 15 de mayo. La solicitud deber realizarse telemáticamente a través de la web del ayuntamiento (www.aretxabaleta.eus), entrando en la sede electrónica (trámites, portal del ciudadano y solicitudes generales). 

Esta subvención es compatible con cualquier otra que por el mismo concepto pudiera percibirse de otras entidades públicas o privadas, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación, en cuyo caso la ayuda concedida en virtud de esta convocatoria se reducirá en la cantidad correspondiente al exceso.

BASES DE LAS SUBVENCIÓNES

LISTADO DE NEGOCIOS QUE PUEDEN RECIBIR AYUDAS